miércoles, 30 de julio de 2008

Los Voc y las pinturas...

Compuestos Orgánicos Volátiles (COV o VOCs)

Se trata de productos químicos orgánicos que tienen un punto de ebullición inicial inferior o igual a 250ºC a una presión atmosférica normal y que se evaporan más o menos rápidamente a la atmosfera produciendo un cierto grado de contaminación.

Las pinturas emiten estos compuestos a la atmosfera en el proceso de secado.

Normativa:

Es la directiva 2004/42/CE, y limita las emisiones de VOC debidas al uso de disolventes orgánicos en determinadas pinturas, barnices, y productos para el repintado de vehículos.

El por qué de la normativa:

Los VOC provocan la formación de ozono a nivel del suelo y esta puede dañar zonas vegetales, cosecha y arboles, así como producir irritación en las vías respiratorias, los ojos y la piel.

Se persigue conseguir una concienciación de la necesidad de proteger el medio ambiente, mejorando la calidad del aire y reduciendo el efecto invernadero.

¿A quién afecta la normativa?

Es una normativa a nivel de la Comunidad Europea, y afecta a fabricantes, distribuidores y aplicadores de pinturas, así como a consumidores particulares.

Implantación de la normativa:

Para las pinturas y barnices se divide en dos tramos:

1.- A partir del 01-01-2007, no es posible fabricar sin ajustarse a este Real Decreto, aunque los stocks existentes podrán eliminarse durante los próximos 12 meses a partir de la fecha indicada.

2.- El segundo tramo comienza a partir del 01-01-2010. Es la fase más restrictiva, ya que obliga a una disminución de los límites de emisión aceptados, aunque como en la primera fase, se permitirá agotar los stocks durante los próximos 12 meses a partir de la fecha indicada.

En los productos de repintado del automóvil solo hay un tramo de implantación que comenzó el día 01-01-2007.

¿A qué pinturas afecta?

Partimos de que todas las pinturas contienen en mayor o menor grado COVs. Por lo general los productos más afectados por la normativa son los productos al disolvente, por lo que se ha realizado una tabla en la que se indican las limitaciones de emisión de VOC tanto para el tramo que comenzó en enero de 2007 como para el 2010, y que utilizarán los fabricantes para la adaptación de sus fabricados.

¿Cómo adaptarnos a la normativa?

En el mercado ya existen alternativas a los productos que excederán el contenido de VOCs en el 2010, se tratan de productos al agua formulados precisamente para esta acción, por lo que no habrá mucha complicación más allá de adaptarnos al cambio de producto en su aplicación pero no en su cometido.

A su vez los fabricantes están reformulando los productos al disolvente que puedan pasar el corte del año 2010, con nuevas materias primas formuladas para tal fin, pero que también traerán cambios en las características de producto.

Asefapi advierte en su dossier de reducción de COVs que “el nuevo esquema supondrá una menor satisfacción del consumidor. A pesar de pagar más tendrá que asumir una reducción de las prestaciones de la pintura, las cuales podríamos traducir en un mayor tiempo de secado, menor dureza y por tanto inferior protección de los sustratos, y en conjunto, una menor durabilidad, especialmente en exteriores

Productos del sector de la pintura afectados:

.-Pinturas y barnices para náutica.

.-Pinturas para piscinas

.-Pinturas de señalización y tráfico.

.-Colorantes para sistemas tintométricos.

.-Selladoras y masillas para la madera.

.-Masillas, yesos, morteros y adhesivos con resinas minerales u orgánicas.

.-Agentes limpiadores o de pretratamiento.

.-Hidrofugantes no formadores de película.

.-Fondos para madera transportadores de biocidas al interior de la madera.

.-Protectores químicos que no formen película.

.-Decapantes.

.-Aceites, ceras y pulimentos no formadores de película.

.-Fondos tapaporos.

Etiquetado:

Lógicamente todos los aspectos anteriormente señalados, deben de ser identificados en la etiqueta del producto, por lo que deben ir especificados los siguientes contenidos:

1.- Normativa y categoría de la legislación

Ejemplo: Directiva 2004/42(II): Categoría E

2.- Valor máximo de Voc permitido:

Ejemplo: Valor Voc máximo permitido año 2010: xxx Grs/Litro.

3.- Cantidad de Voc del producto:

Ejemplo: Valor Voc del producto: xxx Grs/Litro.

Los apartados 2 y 3 se pueden simplificar en uno, en el que se indicaría que el contenido en Voc es menor del máximo permitido: “Contenido de Voc <>

Poco a poco iremos profundizando en este tema, ya que es de gran importancia conocer los cambios próximos en el mundo de la pintura.

lunes, 14 de julio de 2008

MIARCO OFRECE EN SU GAMA DE EMBALAJE Y PINTURA LA GARANTÍA DE “METRAJE GARANTIZADO”

“Metraje garantizado” es la nueva garantía que ofrece Miarco, empresa líder en soluciones adhesivas y cintas especiales, a sus clientes de toda España. Siguiendo en su política continua de calidad, servicio y posicionamiento de liderazgo en el territorio nacional, Miarco apuesta firmemente por garantizar el metraje en toda su gama de cintas de embalaje y cintas krepp.

Una manera de poner de manifiesto a nuestros clientes que las cintas de Miarco sí tienen los metros de cinta estipulados es mediante su visualización directa en el producto. Inicialmente, Miarco ha incorporado la frase “Metraje garantizado” en el final de rollo de todas sus líneas de cintas de embalaje y cintas krepp.

De esta forma, Miarco sigue innovando para mejorar día a día tanto la calidad de sus productos como el servicio al cliente. La empresa, fundada en 1969 en Valencia, se especializó desde su inicio en la comercialización de cintas adhesivas, aunque desde mediados de los ochenta también transforma y manipula los productos para adaptarlos a las necesidades del consumidor final, ya sean industrias (del sector textil, químico, alimentario, gráfico o de automoción) o empresas de suministros industriales y almacenes especializados. Así, con sus cintas especiales y sus soluciones adhesivas para la industria, consigue abarcar un amplio sector de actividad y satisfacer las demandas existentes en esta parcela del mercado.